MINIATURA DE LA MEDALLA DE ANTIGÜEDAD DEL CNP XXV AÑOS
NO ES ZAMAK (ALEACIÓN DE ZINC, ALUMINIO, MAGNESIO Y COBRE), NI IMPORTACIÓN. EL ZAMAK ES UN MATERIAL BARATO LO QUE PERMITE FABRICAR GANDES VOLUMENES DE PIEZAS. DURANTE LA INYECCIÓN A PRESIÓN ES POSIBLE LA APARICIÓN DE POROS INTERNOS O BURBUJAS DURANTE EL PROCESO, LO QUE DERIVA EN LA DISMINUCIÓN DE LA RESISTENCIA MECÁNICA DE LAS PIEZAS. CON EL PASO DEL TIEMPO TIENE UNA PERDIDA DE BRILLO, RESISTENCIA AL IMPACTO, PROPIEDADES MECÁNICAS.
FABRICACIÓN ESPAÑOLA.
ESTA REALIZADA POR MEDIO DE UN DELICADO TRABAJO ARTESANAL DE ORFEBRERÍA.
NO TIENE NADA QUE VER CON EL MATERIAL ANTERIORMENTE DESCRITO, DE HAY LAS DIFERECIAS DE PRECIO QUE PUEDAN ENCONTRAR.
MAS DETALLES EN LA DESCRIPCION LARGA.
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MONEDA DE COLECCION POLICIA JUDICIAL (POLICIA NACIONAL)
Magnificas monedas de colección representativas de las distintas unidades que componen la Policia Nacional.
En este caso la moneda representa a la Unidad de la Policía Judicial.
Estas monedas están realizadas en metal con acabados en dorado brillante, esmaltadas al fuego y con un excelente detalle y acabado.
Por una cara aparece el distintivo de Policia Judicial con la leyenda "Policia Judicial, Con La Ley Contra El Crimen" y la bandera de España.
Por la otra cara sobre fondo azul aparece el escudo de la Policia Nacional en el centro, y con la leyenda alrededor de "POLICIA NACIONAL" y la bandera de España .
Tamaño:
- 45 mm de diámetro
- 4 mm de grosor
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Funciones
Se encarga de la investigación del delito y del descubrimiento, aprehensión y aseguramiento del delincuente, bajo la supervisión de jueces, tribunales y del Ministerio Fiscal.
Tiene por objeto y será obligación de todos los que la compone, averiguar los delitos públicos que se cometiesen en su territorio o demarcación; prácticar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiese peligro, poniéndolos a disposición de la autoridad judicial. Cuando las víctimas entren en contacto con la Policía Judicial, cumplirá con los deberes de información que prevé la legislación vigente. Asimismo, llevarán a cabo una valoración de las circunstancias particulares de las víctimas para determinar provisionalmente qué medidas de protección deben ser adoptadas para garantizarles una protección adecuada, sin perjuicio de la decisión final que corresponderá adoptar al Juez o Tribunal.